El Órgano Ejecutivo promulgó este 18 de junio en Gaceta Oficial el Decreto 730 que deja sin efecto a partir del lunes 22 de junio la restricción o venta controlada de bebidas alcohólicas para consumo domiciliario en el territorio nacional.
El nuevo decreto modifica específicamente el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 612 del 8 de mayo de 2020 y elimina la restricción que permitía que cada persona solamente podía comprar un máximo de seis cervezas o una botella de vino o licor para consumo domiciliario.
La nueva regulación que lleva la firma del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen y de la ministra de Salud, Rosario Turner autoriza la distribución, venta y consumo de las bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional, bajo los siguientes parámetros y restricciones: la venta sólo podrá realizarse en los establecimientos comerciales que cuenten con la debida autorización para su expendio; únicamente se podrá vender al detal y en envases cerrados y la venta será para consumo personal y domiciliario.